La Ley de Contratacion con el Estado fue modificada por el gobierno peruano

A través del Decreto Legislativo 1341, publicado el día 7 de Enero, el gobierno peruano ha incluido una serie de disposiciones que modifican la Ley de Contrataciones del Estado (Ley 30225). El objetivo es desarrollar un eficaz procedimiento de adquisiciones que se realice en el momento adecuado sin dejar de considerar las variables Calidad y Precio.
Para el caso de los procesos de selección que fueron iniciados antes de que se promulgue la presente Ley, se regirán por las normas vigentes al momento de su convocatoria.
A partir de la fecha toda controversia será solucionada mediante Arbitraje Institucional. La Entidad será la encargada de realizar el análisis costo – beneficio, para lo cual se debe considerar el costo en tiempo y recursos del proceso arbitral.
La Ley también establece que queda sin efecto la renovación anual del Registro Nacional de Proveedores (RNP) por contar con una vigencia indeterminada, lo que no imposibilita que este sujeto a una posterior fiscalización. El documento contiene toda la información relacionada a la empresa, por ello, los proveedores únicamente deberán presentar una declaración jurada ante las Entidades.
La información que presenta el RNP es de acceso público, a excepción de la de índole tributaria, bancaria o comercial.
Otros aspectos alcanzados por el Decreto Legislativo son: Exclusiones, procesos de contratación, responsabilidades e impedimentos, participación en consorcio, licitación pública y concurso público.
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