A modo de incentivo y contribución con la generación de fuentes de trabajo y desarrollo económico, las autoridades legislativas peruanas esperan la aprobación de la llamada “Ley del Joven empresario”.
Según la iniciativa, Aquellos emprendedores que se encuentren en el rango de edad de los 18 a 29 años podrán crear su propia empresa mediante un proceso de constitución e inscripción registral simplificado, permitiéndoles contar con algunas ventajas siempre que no sobre pasen los 300 UITS de capital social o que hayan registrado una venta anual superior a las 400 UITS un año antes.
Las empresas que estén debidamente registradas en la Sunarp, podrán acceder a los siguientes beneficios:
Devolución anticipada del IGV (Impuesto General a las Ventas) para el caso de las operaciones de exportación de bienes y servicios.
Exoneración del pago del impuesto a la renta (IR) por dos años, siempre y cuando las utilidades sean reinvertidas en la empresa. En el caso de mantener una planilla constituida por un 60% de elementos jóvenes, el beneficio se podrá extender hasta por tres años.
OMC Abogados & Consultores está a su disposición en caso de necesitar mayor información sobre el tema o asesoría para la constitución de una empresa, puede escribirnos a: omago@omcabogados.com.pe o markeing@omcabogados.com.pe