Contrario a lo que se pensaba, la unión de hecho o convivencia es una práctica que se debe inscribir ante el Registro Personal de la SUNARP (Superintendencia Nacional de los Registros Públicos) y de esta manera evitar una redistribución injusta del patrimonio de cada uno de los miembros de la pareja, más aún, cuando existe un previo conocimiento de la propiedad de los bienes (muebles e inmuebles) de cada uno.
Pese a parecer un matrimonio informal, desde un punto de vista legal, la convivencia no es más que una sociedad de bienes que después de dos años responde al régimen de sociedad de gananciales, eso quiere decir, que todos los bienes y rentas obtenidas durante el periodo de convivencia pertenecen a los cónyuges en partes iguales.
De acuerdo a las autoridades durante el año 2021 y con el estado de emergencia causado por la Covid-19, se registraron 3,664 uniones de las cuales 985 corresponden a Lima.
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